Aida Espinosa
Los diputados integrantes de la LXXIII Legislatura de Michoacán, aprobaron diversas reformas al Código Penal, con el objetivo de brindar protección jurídica a las víctimas de hostigamiento y acoso sexual, así como de precisar y aumentar las penas para castigar el delito de feminicidio.
En entrevista el legislador Ángel Cedillo, detalló que en ese sentido, se reformó el artículo 120 del Código Penal para determinar que el homicidio doloso de una mujer, será considerado feminicidio cuando existan con antelación actos de violencia familiar o institucional; cuando la mujer sea víctima de actos de violencia sexual, crueles y degradantes; así como cuando su cuerpo sea mutilado, previo o posterior a la privación de la vida.
“La Corte está en contra del incremento de la pena en cualquier homicidio, y eso vamos a esperar que no lo vaya a corregir. Es una cuestión de ellos, pero hoy aquí le damos elementos a la Procuraduría para los delitos tipificados como feminicidios. Encausarlos para que las penas por este delito sean correspondientes a la gravedad del delito”, comentó.
Otro de los ejes de dicha reforma, dijo, será la negación del servidor público en el sentido de denuncias en su contra por mala actuación de su función en la protección de víctimas, por lo que buscan se impongan sanciones de 2 a cinco años de prisión.