Morelia; Michoacán, 18 de julio de 2017.- Las y los diputados del Congreso del Estado comprometidos con el combate y erradicación de la corrupción, un problema que lacera a la sociedad y afecta en el desarrollo de la entidad, crearon dos leyes de vanguardia, reformaron y derogaron cinco normativas locales, las cuales al ser promulgadas por el Poder Ejecutivo, serán una realidad para los michoacanos que podrán tener certeza que el uso y aplicación de los recursos públicos será transparente.
En el acto de Promulgación de las leyes del Sistema Estatal Anticorrupción, en el presídium estuvieron el diputado Pascual Sigala, Presidente del Congreso del Estado; Adriana Hernández, diputada Presidente de la Junta de Coordinación Política del Poder Legislativo; Mario Armando Mendoza, presidente de la Comisión de Gobernación y del Grupo plural para los trabajos para la instauración del Sistema Estatal Anticorrupción; asimismo estuvieron presentes los diputados Carlos Quintana, Manuel López Meléndez, Ernesto Núñez, coordinadores de los grupos parlamentarios del PAN, PRD y PVEM; así como los legisladores Yarabí Ávila, Macarena Chávez, Ángel Cedillo, Wilfrido Lázaro, Xochitl Ruíz, Rosalía Miranda, Belinda Iturbide, Socorro Quintana, Roberto Carlos López, Jeovana Alcántar y Raúl Prieto.
Es de destacar que la LXXIII Legislatura aprobó la creación de dos nuevas normativas, la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción y la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos, además se reformaron la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado; Ley de Fiscalización Superior de Michoacán; Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; así como el Código Penal y el Código de Justicia Administrativa ambos del Estado de Michoacán.
Cabe resaltar que con la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción se establecen las bases para la prevención, detección, control y sanción de hechos corruptos, para lo cual estará integrando el sistema por un Comité Coordinador y un Comité de Participación Ciudadana. De igual forma, la Ley de Responsabilidades, establece las sanciones a los servidores públicos que incurran en actos corruptos, así como a los particulares que sobornen, utilicen información falsa, tráfico de influencias, o contraten indebidamente a servidores públicos, se les inhabilitará hasta por ocho años.
Asimismo, al reformar el Código Penal se castigarán delitos como el ejercicio ilícito de servicio público; abuso de autoridad; desaparición forzada de personas; coalición de servidores públicos; uso ilícito de atribuciones y facultades; intimidación; ejercicio abusivo de funciones; negación del servicio público, tráfico de influencia; cohecho; peculado; concusión y enriquecimiento ilícito. Y con la modificación al Código de Justicia Administrativa el Tribunal encargado de juzgar los actos de corrupción contará con dos magistrados especializados en responsabilidades por faltas graves de servidores públicos y particulares vinculados.
Respecto a las leyes orgánicas reformadas, es de puntualizar que en materia de administración pública se otorgó a la Secretaría de Contraloría autoridad para conocer, investigar y aplicar sanciones a servidores públicos, además de presentar denuncias en delitos relacionados con hechos de corrupción. Por su parte, la PGJE contará con una Fiscalía Especializada, la cual se encargará de investigar y perseguir dichos hechos y formará parte del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.
Finalmente, es importante señalar que con la Ley de Fiscalización se definen los diferentes tipos de auditorías como la auditoría forense; la de inversiones físicas; auditoría de desempeño; legal; de cumplimiento financiero, entre otras, esto con el fin dotar al órgano fiscalizador de más facultades y herramientas que permitan mayor control y transparencia en el uso de los recursos públicos.