Morelia; Michoacán, 20 de junio de 2017.- “El Poder Legislativo fue la instancia encargada de vigilar la interpretación y defensa de la constitución, esta importante actividad fue depositándose paulatinamente en el Poder Judicial, afirmó el Dr. Francisco Ramos Quiroz, al impartir la conferencia “La Evaluación de la Justicia Constitucional en México: del Control Político al Jurisdiccional”.
En el evento desarrollado en el marco de las jornadas “Reflexiones Legislativas” estuvieron presentes Adriana Zamudio, Directora General de Servicios de Apoyo Parlamentario, así como Carlos Francisco Castelazo, Director del Instituto de Investigaciones y Estudios Legislativos (IIEL), responsables de la organización del ciclo de conferencias que se llevan a cabo en la Biblioteca “Lic. Eduardo Ruiz Álvarez”, del Congreso del Estado.
Durante la conferencia, el especialista habló de la evolución del control constitucional en México, explicando la forma en que a partir de la época independiente esta actividad ejercida por el Poder Legislativo, fue depositándose paulatinamente en el Poder Judicial de la Federación, a medida en que este último logró consolidarse.
“Pasamos de un control de tipo político, asumido por el Poder Legislativo, a un control de tipo jurisdiccional ejercido actualmente por el Poder Judicial”, es decir, en su momento el congreso tuvo el poder de ser el intérprete de la Constitución y el encargado de vigilar su cumplimiento, ejerciendo un control de tipo político, que con el paso del tiempo llegó a judicializarse.”
Ramos Quiroz, distinguió 5 etapas de evolución de la justicia constitucional en México, la primera corresponde a la época independiente, marcada por la influencia de la Constitución de Cádiz en las Constitución Federal, así como en las constituciones locales.
La segunda etapa corresponde a la época federalista, “en el caso de Michoacán, hay una influencia muy marcada de la Constitución de Cádiz, todo el sistema de defensa de la Constitución que se estableció desde el siglo XIX y hasta el XX, fue una copia de la Constitución gaditana”.
En una tercera etapa, con la instauración de la República Centralista, el Estado fue estuvo organizado bajo un régimen político unitario, y se crea el Supremo Poder Conservador, instancia encargada de vigilar el orden constitucional así como la actuación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Posteriormente, en la cuarta etapa, con el retorno al Federalismo, con la aprobación del Acta Constitutiva y de Reforma, se crea la figura de Amparo como una nueva figura de defensa constitucional.
Finalmente, en una quinta etapa, desempeñan un papel fundamental las reformas a la Constitución Política de 1987 y de 1994, con las que se fortalece estructuralmente al Poder Judicial, que asume completamente la función de control constitucional, y se consolida la práctica de amparo, comentó.