Reforma 76 Legislatura Código Penal de Michoacán para reducir criminalidad

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Aida Espinosa 

El Congreso del Estado aprobó reformas a diversos artículos del Código Penal de Michoacán, con el objetivo de reducir la incidencia delictiva y atender conductas que afectan a la población.

Las modificaciones fueron avaladas por 32 votos a favor de los diputados de la 76 Legislatura durante sesión de Pleno.

Entre las reformas aprobadas, se encuentra el rescate sin responsabilidad penal, donde se excluye de responsabilidad penal a quien cause daños mínimos a un vehículo o propiedad al rescatar a niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad o animales domésticos que estén en riesgo real o inminente.

Asimismo, se agravan las penas para cualquier delito cometido contra periodistas con el fin de menoscabar la libertad de expresión. La sanción aumenta si participa una persona servidora pública o si la víctima es mujer periodista.

A la par se crean sanciones específicas para la privación de la vida causada por conducir bajo efectos de alcohol o drogas. Incluye suspensión definitiva de licencia y agravantes por fuga, reincidencia o cuando haya víctimas vulnerables. Se eliminan atenuantes en lesiones de tránsito.

Se tipifica como delito autónomo el homicidio de periodistas y personas defensoras de derechos humanos, con penas agravadas.

También se sancionará a quien, sabiendo que padece una enfermedad grave e incurable en periodo infectante, ponga en peligro de contagio a otra persona. Habrá agravantes si se produce el contagio o si la víctima está en situación de vulnerabilidad.

Se reformó el artículo 295Bis y se crearon nuevos artículos para sancionar con mayor precisión el maltrato, crueldad, abandono o violencia contra animales.